Sujeto a constancia salarial. Comisión administrativa: Asociados activos: 2% No asociados a ASEFYL: 2.5% Requisitos: Constancia de salario. Cualquier otro requisito que ASEFYL considere necesario para la revisión del caso. Condiciones generales: Se financia el 40% del salario líquido reportado en la constancia de salario. Aplican restricciones.